este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la MODIFICACION DEL EJERCICIO DE LA CUSTODIA, incoada por la FISCALIA NOVENA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, a solicitud del ciudadano NOE RAMIREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-8.708.116, domiciliado en el Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Bolivariano de Mérida, progenitor de los ciudadanos niños SE OMITEN NOMBRES, de diez (10) y once (11) años de edad, en contra de la ciudadana LORENIS ANDREA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.594.120, domiciliada en el Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Bolivariano de Mérida,.....