Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 4 de abril de 2017, por la ciudadana ROSALBA CONTRERAS, asistida por la abogada ANDREÍNA PUENTES ANGULO, Defensora Pública Primera con competencia en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda e los estados Mérida, Táchira y Trujillo contra la sentencia dictada en fecha 31 de marzo de 2017, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el procedimiento de amparo constitucional incoado por la apelante contra el ciudadano JOSÉ TADEO CARRILLO AGUILAR, mediante la cual declaró inadmisible dicha pretensión.