En razón de lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y en consecuencia extinguido el proceso de PARTICIÓN, intentada por el ciudadano: ANDRES APONTE CASTRO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.354.412 e inpreabogado Nro. 21.885, actuando en nombre y representación del ciudadano SIMON ALBERTO MONSALVE LABRADOR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.899.885, por motivo de Partición de Bienes, contra los ciudadanos: BELKIS RAMONA MONSALVE DE MARQUEZ, MARY YOLANDA PEÑA LABRADOR, NESTOR JOSÉ PEÑA LABRADOR, MARITAZA MARLEZOL FERNANDEZ PEÑA Y OTROS. Así se decide.-
No hay condenatoria en costas conforme lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.....