PRIMERO: Acuerda hacer entrega, para su guarda y custodia del vehículo a la ciudadana YRAIMA PEÑA ALBARRAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.175.902, domiciliada en Mérida Urbanización Marranita Mendoza, casa N° 48 sector el Arenal, con las siguientes características: MODELO COROLLA, PLACAS XUO128, MARCA TOYOTA, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERÍA AE928813372, AÑO 1992, COLOR NEGRO, USO PARTICULAR, TIPO SEDAN, SERIAL DEL MOTOR 4A2335913; para lo cual deberá comparecer por ante este Tribunal a firmar acta compromiso, la mencionada ciudadana, donde se apercibe a la prenombrada YRAIMA PEÑA ALBARRAN, o en su defecto al apoderado Judicial ASDRUBAL GIL CONTRERAS, a que dicho vehículo no podrá ser enajenado, arrendado o impuesto de gravamen alguno hasta tanto se agote la investigación, y que debe presentarlo a este Tribunal o a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público cada vez que así le sea requerido. Una vez suscrita el acta compromiso se acuerda o.....