Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; decide en los siguientes términos Acuerda la Aprehensión en Flagrancia, a los investigados: JAIRO RANGEL CASTRELLON, EDGAR ALEXANDER MARQUEZ TORO, y JHONNY MIGUEL SANCHEZ CARRERO, por la presunta comisión del delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el Articulo 473 del Código Penal vigente, en perjuicio de William Escalante, por cuanto reúne los requisitos del articulo 248 del COPP, por los hechos ocurridos tal como, consta en Acta Policial N° 0077-06, (f.3) de fecha 25 de Junio (...)Y SE DECLARA LA DESESTIMACIÓN DE LA MISMA DE CONF. ARTS. 301 Y 302 DEL copp.(...) TERCERO: En relación a la solicitud hecha por la Defensa Pública en la presente Audiencia, de que no se califique la Aprehensión en Flagrancia de los investigados supra id.....