Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación de PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana MARIA CELINA RODRIGUEZ, identificada en autos, la cual esta inserta por ante la Oficina de Registro Civil de las Parroquias Tovar, El Amparo del Municipio Tovar del estado Mérida y se establece que el nombre correcto de la solicitante es: MARIA CELINA RODRIGUEZ y no como aparece asentado dicho error en la referida Partida; se establece que la fecha de nacimiento de la solicitante es el día 15 de noviembre de 1.935 y no como aparece asentado en dicha partida; se establece que el nombre de la madre de la solicitante es MARIANA RODRIGUEZ y no como aparece asentado en la referida partida. Queda así rectificada.