Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el ciudadano EDICSON PAREDES VALERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 18.858, contra la decisión dictada en fecha 15 de enero de 2001, por el Juzgado Tercero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 15 de enero de 2001, proferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, donde declara Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano NILSON ALBERTO NIETO RANGEL contra el ciudadano EDICSON PAREDES VALERO.
TERCERO: Se co.....