DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: revoca la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad impuesta al ciudadano JOSÉ DARÍO GARCÍA RAMÍREZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.357.221, natural de Santa Cruz de Mora, estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 13-05-1998, de 24 años de edad, con domicilio en Santa Cruz de Mora, sector El Mamón, casa sin número, cerca de la bomba vieja, más arriba de los canales por donde está los Useche, jurisdicción del municipio Antonio Pinto Salinas del estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Se ordena la aprehensión del ciudadano JOSÉ DARÍO GARCÍA RAMÍREZ, ya identificado, a fin asegurar la realización .....