DISPOSITIVA
Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante JOSÉ GENARINO GARCÍA ARIAS que en vida era titular de la cédula de identidad N° 3.764.748 a los ciudadanos ELIZABETH DEL CARMEN GARCÍA ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.099.399, abogada en ejercicio, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.990, conjuntamente con su madre CARMEN ELENA ANGULO DE GARCÍA y sus hermanos JOSÉ GENARINO, WUILSON ANTONIO y NEILEH MARGARITA venezolanos, mayores de edad, viuda la primera, solteros los segundos, titulares de las cédulas de i.....