Para la citación del demandado de autos, acuerda librar los recaudos de citación anexándosele copia debidamente certificada del libelo de demanda y del auto de admisión, con la orden de comparecencia al pie. Ahora bien, como quiera que según la parte actora, el prenombrado demandado se encuentra domiciliado en: Avenida Bolívar, N° 5-21, Planta Baja, frente a la Plaza Bolívar, Timotes, Municipio Miranda del estado Mérida, este Tribunal comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Miranda, Pueblo Llano y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que ese Tribunal de Municipio libre el respectivo recibo de intimación, para que por órgano del Alguacil haga efectiva la citación en los términos indicados en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil. Certifíquense por auto separado las copias del libelo y del auto de admisión. Líbrese el respectivo despacho y entréguese a la parte actora para que gestione la citación ante el.....