PARTE DISPOSITIVA
EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos CARMEN JULIA LIZANO SÁNCHEZ y RAÚL ALBERTO MORALES PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.714.741 y V-10.897.968, en su orden, domiciliados la primera en Ejido Municipio Campo Elías del estado Mérida, y el segundo en Lagunillas Municipio Sucre del estado Mérida y civilmente hábiles, según matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Montalbán, Distrito Campo Elías del estado Mérida (hoy) Registro Civil de la Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del estado Mérida, según se evid.....