De las actuaciones que integran el presente expediente, este juzgador observa que las partes han transado libremente, en los términos precedentemente señalados, y por cuanto, quiénes transaron fueron las partes involucradas en la presente controversia, a saber, por la parte actora los ciudadanos Ligia Álvarez de Carrillo y Pablo Humberto Carrillo Gómez, abogados de profesión, inscritos en Inpreabogado bajo Nros. 36.524 y 23.679 respectivamente, actuaron en su propio nombre y representación, condóminos sobre el inmueble objeto del presente juicio; y por la parte demandada, la abogada en ejercicio María Gabriela Quintero Rodríguez, inscrita en Inpreabogado bajo Nro. 123.951, Apoderada judicial de la ciudadana Minerva Nayarit Dávila Rangel, única heredera de la codemandada Tulia Elena Rangel Pérez; Apoderada judicial de los codemandados Josué Belzazar, Aida Elisa, Manuel Aureliano, Oscar, María Zoraida, Rosalba Marina y Edgar Enrique Arroyo Pérez; Apoderada judicial de los ciudadanos Alei.....