Se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 5 de mayo de 2015, por la Defensora Pública Primera (E), en materia Civil y Administrativa Especial, Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda del estado Mérida, abogada AMARILIS COROMOTO QUINTERO DUGARTE, asistiendo en ese acto a la ciudadana ANGELINA RUÍZ RUÍZ, contra el auto dictado en fecha 8 de abril de 2015, dictado por el Tribunal de la causa. Se declaraó, procedente la consecuencia jurídica del artículo 117 de la Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda, como consecuencia de ello se tiene como desistida la acción.