Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha tres (3) de junio de 2005, inserta del folio 38 al 43, por el Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, contra el ciudadano Wilmer José Plata Rangel, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de dos (2) años y nueve (9) meses de prisión, por la comisión del delito de Robo Leve, previsto en el artículo 456 del Código Penal, procede este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley a ejecutar la misma.
En consecuencia, se designa el Centro Penitenciario de la Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas, Estado Mérida, como el lugar donde el penado cumplirá la pena impuesta, y se hace el cómputo de pena correspondiente, de conformidad con lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
El penado Wilmer José Plata Rangel fue dete.....