DECLARA: LA EXTENSIÓN de la Obligación de Manutención de la ciudadana OMITIR NOMBRE, nacida el diez (10) de diciembre de 1997 y actualmente de dieciocho (18) años de edad. Consumado el Acto Procesal del acuerdo mediado contentivo de Obligación de Manutención, celebrado en el día de hoy, por los ciudadanos CEGOVIA ANGELA CUSTODIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-9.006.954 debidamente asistida por la Fiscal Undécima del Ministerio Publico Abogada MARIA ALARCON. Y el ciudadano JOSE RODRIGO LLORANTE DURANGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.519.676, parte demandada, debidamente asistido por el Abogado JORGE LUIS MANRIQUE MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.392.757, e Inpreabogado Nº 212.755. Pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido acuerdo transcrito en la parte narrativa de esta.....