Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318.4 del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: Se deja sin efecto y en consecuencia, se revoca la medida cautelar impuesta al imputado ROBERTH RAFAEL BRICEÑO QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº 16444471, que vive en URB PADRE DUQUE Calle 6 CASA N° 4 EJIDO, soltero, bombero de Mérida. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de presentaciones cada treinta (30) días por esté Tribunal, contemplada en el artículo 256.3 del COPP, quedando en libertad plena, por haber decretado el sobreseimiento de la causa, sin que pese ninguna medida restrictiva de libertad en contra de este ciudadano ROBERTH RAFAEL BRICEÑO QUINTERO, por parte de este Tribunal de Control N° 03, ordena oficiar al jefe de alguac.....