Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:de tal manera, este Tribunal comparte la precalificación jurídica efectuada por la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Publico, tal es, la de el tipo penal de Hurto Calificado, previsto y sancionado en artículo 453 ordinal 3° del Código Penal, en concordancia con el artículo 451 del citado Código, en perjuicio del ciudadano Julio Roberto Ariza Vargas; y, en consecuencia, declara sin lugar la solicitud efectuada por el Defensor Publico Especializado, en relación a su oposición a dicha precalificación jurídica. Segundo:con fundamento en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente y el art.....