L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrió la demandada ciudadana ELVIA BEATRIZ VALERI PEÑA, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el término legal correspondiente y no promover ni evacuar prueba alguna que desvirtúe la pretensión del actor.
Segundo: CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLIVARES, interpuesta por la ciudadana YINA TIBISAY PEÑA, asistida de abogado; EN CONTRA DE LA CIUDADANA ELVIA BEATRIZ VALERI PEÑA.
Tercero: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se le ordena a la ciudadana Elvia Beatriz Valeri Peña, a realizar la entrega del inmueble pl.....