celebramos Transacción judicial en los siguientes términos: PRIMERO: A) la ciudadana Juana Monica Chacon Rosales, antes identificada, ofrece y paga en este acto la cantidad de siete mil dólares ($7.000), por concepto de indemnización de daños y perjuicios ocasionados con motivo de los mencionados juicios civiles, que contienen los expedientes números: 9978 y 9953, cursantes por ante este Tribunal, la cual entrega en este acto a la ciudadana Edilma Beleño Díaz. Se deja constancia expresa que dicha cantidad representa la suma demandada, indexación monetaria, costas procesales y honorarios profesionales de abogado. B) Desiste del Recurso de Apelación interpuesto por ante este Tribunal cursa en el expediente civil N° 9953, en contra de la Sentencia emanada del Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida... (SIC)". En consecuencia analizada como fue la transacción de mutuo y común acuerdo, se observa, que ve.....