Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano POR IDENTIFICAR, es el deHOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en los artículo 405, del Codigo Penal en perjuicio de JUNIOR GONZALO PRIETO REYES (OCCISO,de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3º, del código orgánico procesa penal y el. artículo 110, 108.ordinal 5° del Código Penal, toda vez que la acción penal se ha extinguido. Y articulo 49.8 de la constitución de la republica bolivariana El sobreseimiento aquí decretado tiene autoridad de cosa juzgada e impide toda nueva persecución penal en contra del imputado por los mismos hechos, sin imposición de medida de coerción personal alguna, conforme a lo previsto a los artículo.....