El Tribunal dictó decisión interlocutoria y negó le sea asignada la DEPOSITARIA JUDICIAL LEX S. A., por cuanto observa que en el expediente N° 2985 obra al folio 21 del cuaderno de medida de secuestro, diligencia de fecha 07 de noviembre de 2006, suscrita por el abogado JOSE RAFAEL UZCATEGUI RIVAS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la DEPOSITARIA JUDICIAL LEX, S.A.