En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos ANTONIO JOSÉ QUINTERO LACRUZ y VILMA DEL CARMEN MORENO DE QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V- 8.031.466 y V-9.476.635, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistidos por la abogada en ejercicio NORLYN YARELY ZERPA LOBO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 15.754.021, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 121.799, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicam.....