Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SE REVOCA la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad que recaía sobre la ciudadana acusada Astrid Carolina Paredes Villalobos, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.608.198, natural de Mérida estado Mérida, con domicilio en: El Vigía, sector Bubuqui 03, bloque 13, tercer piso, cerca del abasto La Pedregosa, del Municipio Alberto Adriani del estado Mérida. En consecuencia, SE ORDENA SU APREHENSIÓN, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, 237, 238 y 310 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se ordena oficiar a los cuerpos de seguridad del Estado a fin de que ejecuten tal orden.
Decisión que se fundamenta en.....