DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley decide: 1) ABSUELVE DE TODA CULPABILIDAD al ciudadano PEDRO JESUS CARVAJAL LANDAZABAL, ello debido a que del debate probatorio no hubo suficientes pruebas que avalaran la pretensión fiscal de culpabilidad del acusado, por el principio universal INDUBIO PRO REO, la duda favorece al reo, al analizar los elementos probatorios, que sirvieron de fundamento para dictar el fallo de conformidad con los hechos y el derecho, una vez realizada la valoración de cada prueba, quedo desvirtuada la responsabilidad penal del acusado PEDRO JESUS CARVAJAL LANDAZABAL, no se demostró en el juicio oral y público su culpabilidad, solo un testigo referencial aporto al proceso"... JOSE GABINO ANTOLINEZ RANGEL, encontró a la Víctima mal herido dentro de su camioneta, quien le pidió que lo lle.....