ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa, a favor de YORBIS ILDEMARO QUIROZ GOVEA identificado en actas, en perjuicio de LUIS ALFREDO MANJARRES CORREA, por la comisión de los delitos HURTO SIMPLE DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 1 de La Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal, hechos ocurridos en fecha 14-10-2001, de conformidad con lo dispuesto en los Artículo 318 Ordinal 3° y artículo 48 Ordinal 8vo del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Artículo 108 Ordinales 4° del Código Penal, para el momento que ocurren los hechos señalados por la Vindicta Pública y artículo 320 ejusdem. SEGUNDO; Notificar a la Fiscalía del Ministerio Público, imputado y a la victima de conformidad con lo prev.....