en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , al emitir como pronunciamiento declara con lugar la solicitud interpuesta por la defensa, y en tal sentido ordena oficiar al Alguacilazgo de la Ciudad de Barinas, Estado Barinas, informando que el ciudadano GREGORIO JOSÉ CAMEJO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 8.131.742, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido el día 22-10-1960, de 48 años de edad, comerciante, de estado civil soltero, domiciliado en la Urbanización Agustín Codazzi, calle 3, casa Nº 126, teléfono 0414-5086782, se le sigue causa penal por ésta jurisdicción, bajo la nomenclatura Nº LP01-P-2009-2970, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad, específicamente ESTAFA SIMPLE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 462 del Código Penal Venezolano Vigente, y que las presentaciones periódicas, impuestas por el tribunal con fundamento a lo previsto en el artí.....