Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Violación, previsto en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la niña (IDENTIDAD OMITIDA), de nueve años de edad, en razón de los hechos que fueren expuestos por la Representante Fiscal. Segundo: Se admiten todas y cada una de las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público, referidas a testimoniales, periciales y documentales. Tercero:se le impone al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), la s.....