Este Tribunal ACUERDA: OTORGAR a favor del investigado FREDY ARMANDO DURAN, una Medida cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en la presentación periódica por ante la Oficina de Alguacil de esta Extensión Judicial del Estado Mërida, una vez cada treinta(30) días bajo fundamentación del articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, queda el investigado en libertad pudiendo presentarse por ante la oficina del Alguacilazgo de esta Extensión, con el objeto de que el día de hoy, sea su primera presentación, ya que en consideración del Juzgador no están presentes los peligros de fuga y de obstaculización de la verdad. y esta medida se otorga considerando dos situaciones a saber 1°) De que el investigado FREDY ARMANDO DURANl no tiene antecedente penales y 2°) en relación a su trabajo el Tribunal no puede ocasionarle un gravamen irreparable y su defecto resguardara su derecho constitucional como es el trabajo.
En relación al ciudadano YORVIS ANTONIO ANGARITA el Tribu.....