"...este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela la Constitución y sus Leyes, declara: CON LUGAR la cuestión previa contemplada en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ordinal 7° del artículo 340, eiusdem, referente al defecto de forma de la demanda, opuesta por la representación judicial de la parte co-demandada, abogado José Luis Varela Zambrano, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "Seguros Constitución, C.A."; en consecuencia, ORDENA a la parte accionante (Juan Francisco Linares y Gledys Lizeth Torres La Cruz), subsanar el libelo de la demanda, conforme a los razonamientos expresados en el presente fallo en el término de cinco (05) días de despacho, siguientes a la notificación de la última de la partes del presente fallo interlocutorio, de conformidad con el ar.....