Por las razones de hecho y de derecho antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida en funciones de Juicio N° 3, ADMINSTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR las tres (3) solicitudes interpuestas por el abogado Arturo Contreras, quien actúa en representación del ciudadano PEDRO JOSE UZCATEGUI VERA. Por otra parte acuerda de oficio ampliar el régimen de presentaciones, sustituyendo el anterior, y debiendo presentarse el acusado en lo adelante cada cuarenta y cinco (45) días. Así se decide, cúmplase, notifíquese a las partes. Visto que en las actuaciones se observa oficio N° LKOFO2005004055, proveniente del Tribunal de Juicio N° 2, de fecha 22-11-05, mediante el cual solicita la remisión de la causa, motivado a que la recusación interpuesta en su contra fue declarada inadmisible por extemporánea, se acuerda conforme lo requerido.
EL JUEZ DE JUICIO N° 3
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
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