este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustancia, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la parte actora y aceptado por la parte demandada, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, da por terminado el proceso y ordena el archivo del expediente