En consecuencia por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante LUIS ARTURO FERNANDEZ VILLA, en su condición de hijos a los ciudadanos: JUAN JOSE, LUIS ARTURO, MARCO ANTONIO, MARIA CRISTINA, SONIA GERARDINA, HECTOR RAMON, JESUS MARIA, Y CARLOS FRANCISCO FERNANDEZ SOLIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V.-3.991.538, V.- 10.109.725, V.-9.315.454, V.- 5.491.204, V.- 8.021.236, V.- 10.106.872, V.- 11.469.626 y V.- 5.204.191, respectivamente, civilmente hábiles domiciliados en esta ciudad de Mérida, y civilmente hábiles. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposicion.....