"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, el RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto en fecha 17 de enero de 2014, por el abogado José Luis Buenaño, en su carácter de abogado asistente de la ciudadana Leticia Guerrero de Pereira, parte actora, contra la SENTENCIA DEFINITIVA dictada por este Juzgado en fecha 17 octubre de 2013. Así se decide..."