Este TRIBUNAL DE JUICIO Nº 01 SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento, DECIDE: CONDENA a los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS) y como autores del delito de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 1 y 2 numerales 3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehiculo Automotor, y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del ciudadano CELIS DE JESUS ANDRADE MORENO, a cumplir a la sanciones establecidas en el articulo 620 literales "b" y "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes en reglas de conducta, vale decir, en seguir trabajando por el lapso de UN (01) AÑO y Libertad Asistida por el lapso de UN (01) AÑO, dicha sanción estará bajo la orientación y supervisión de la Psicólogo adscrita a esta Sección Penal del Adolescente, medidas que d.....