DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECRETA medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por abogada DAYANA DEL VALLE VELIZ LOBO, en su condición de coapoderada judicial de la parte actora, ciudadana MARIA GABRIELA RAMIEZ RIVAS, sobre: Un lote de terreno marcado con la letra "B" que es parte de uno de mayor extensión, y que forma parte del terreno titulado "El Llano Grande" localizado en el punto denominado "Casa de Tejas", jurisdicción de Timotes, Municipio Miranda del estado Mérida.
SEGUNDO: Para la ejecución de la medida decretada de prohibición de enajenar y gravar, este Tribunal ordena oficiar al Registro Público de los Municipios Miranda, Pueblo Llano y Julio César Salas del estado Bolivariano de Mérida, .....