Acuerda librar boleta de Libertad a favor del ciudadano DANIEL EDUARDO NOGUERA NOGUERA , al Comandante del Comando Policial Nº- 12, El Vigía Estado Mérida, para que lo deje inmediatamente en libertad. Así mismo se acuerda, oficiar a los Órganos de Seguridad del Estado, para que se deje sin efecto la orden de captura librada en contra del ciudadano DANIEL EDUARDO NOGUERA NOGUERA, titular de la cédula de identidad Nº-23.726.909, por cuanto esa es la causa de su detención. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público, Defensa y líbrese oficios a los órganos de seguridad del estado, en especial al CICPC, Mérida Estado Mérida, para que proceda a excluir de pantalla al Ciudadano DANIEL EDUARDO NOGUERA NOGUERA, como solicitado. No se realizó la audiencia correspondiente porque considera quien aquí juzga que es innecesaria ya que, el motivo de la detención del ciudadano DANIEL EDUARDO NOGUERA NOGUERA, es, como se señaló anteriormente por que no se había dejado sin efecto la orden.....