declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano JOSÉ LUIS ASARO PEROZO, venezolano, casado, mecánico, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.677.966, domiciliado en el sector la Pedregosa, calle principal de la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y reconocida por la ciudadana ANGELA SUSANA CARRERO ARDILA, venezolana, mayor de edad, casada, ama de casa, titular de la cédula de identidad Nro. 13.945.565, domiciliada en la Urbanización Bubuqui, vereda 1, casa Nro. 05 de esta ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y jurídicamente hábil.