En el caso subexámine se persigue el cumplimiento de la obligación de pagar una cantidad de dinero garantizada con hipoteca, que alcanza la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 476,538,76), lo que equivale a OCHO MIL SEISCIENTAS SESENTA Y CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS (8.664 UT), correspondientes al capital adeudado, los intereses sobre saldo deudor, los intereses por mora y las cuotas del capital por vencerse pero exigibles según el contrato de préstamo suscrito por las partes, lo cual supera de manera evidente el límite superior que determina la competencia por la cuantía que corresponde conocer a los Tribunales de Municipio.
En consecuencia, la falta de competencia, tiene su fundamento según el criterio de nuestro Máximo Tribunal en la "garantía constitucional, según la cual, nadie puede ser juzgado sino por jueces naturales, y conforme a las normas de procedimiento establecidas, empleando una ra.....