Se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta el 18 de diciembre de 2015, por el abogado OSCAR FRANCISCO GUERRERO MORALES, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JAVIER EDUARDO ROJAS ESCALANTE, contra el auto dictado en fecha 10 de diciembre de 2015, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por el apelante, en contra de la empresa aseguradora "PROSEGUROS S.A.", por cumplimiento de contrato de póliza de seguros, mediante el cual dicho Tribunal, entre otros pronunciamientos, en lo que refiere a la prueba contenida en el capítulo tercero, identificada como "EXIBICIÓN DE DOCUMENTOS", en su particular primero, inadmitió la misma, de conformidad con el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil.