Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la llamada al número +18019185684, aportado por la parte demandante, como número telefónico de la parte demandada, plenamente identificado en autos. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada, contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal como, REINALDO JOSUE ANGULO RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.796.218, y una vez impuesto del motivo de la llamada, respecto a la Demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres que cursa por ante este Tribunal, el ciudadano Juez procedió a solicitar que expusiera su cédula de identidad o pasaporte ante la cámara del celular y se le preguntó: ¿está conteste con el Divorcio que incoara la ciudadana GABRIELA PAOLA GUILLEN DE ANGULO?; señalando él mismo, en voz clara lo siguiente: "Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que .....