Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
1.- Suspende condicionalmente la presente causa a favor del acusado RICARDO JOSÉ RODRÍGUEZ BLANCO (identificado en autos) por espacio de un (1) año a contar del 26 de abril de 2006;
2.- Impone al acusado RICARDO JOSÉ RODRÍGUEZ BLANCO las condiciones siguientes: 1) Residir en un lugar determinado (domicilio actual según las actas) e informar al Tribunal cualquier cambio de domicilio; 2.- Mantener un empleo laboral o actividad económica de carácter particular estable, de acuerdo al oficio u ocupación de su dominio presente o futuro, que le proporcione medios lícitos de subsistencia personal y familiar; 3.- Elaborar y distribuir un total de cien (100) hojas volantes, con el siguiente texto: "NO A LA VIOLENCIA FAMILIAR, LUC.....