"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificada, en fecha 29 de octubre de 2008, por ante este Juzgado, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio por Cobro de bolívares por el procedimiento de intimación, intentado por el abogado Marco Antonio Moncada Altuve, actuando con el carácter de Endosatario en Procuración del Juan Carlos Zambrano, contra la ciudadana Nellys Josefina Vielma de Dávila y Nelmari Carolina, Roberto José y Mario José Dávila Vielma, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena al secretario hacer entrega de la letra de cambio, la cual se encuentra en la caja de .....