"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al CONVENIMIENTO, cursante al folio veintitrés, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase el presente juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, intentado por la Abogados Reina Maggiolo de Cuesta , apoderada de la parte actora, contra los ciudadanos Perez Leal Jorge Alberto y Briceño Carlos José, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, así mismo se suspende la medida de embargo decretada por este juzgado el 15 de noviembre de 1993. El tribunal dar por terminado el presente juicio y ordena el archivo del Tribunal..."