Este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de lo actuado incluyendo el auto de admisión de fecha 21 de diciembre de 2023, de acuerdo a lo previsto en los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, trayendo como consecuencia, la reposición de la causa al estado de procurar la citación personal de los ciudadanos LUISANY CRISLEY RANGEL SUÁREZ y WAGNER JOSÉ RANGEL CAMACHO, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: NO HAY PRONUNCIAMIENTO con respecto a las costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, en el domicilio procesal que conste en autos, haciéndoles saber de la publicación de esta sentencia; de conformidad con lo establecido.....