Este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 01, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara;
PRIMERO: ABSUELVE al acusado, JOSÉ RAMÓN PÉREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.020.478, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 09-04-1.975, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio vendedor ambulante, hijo de Rafael María Bustamante (v) y de Rita del Carmen Pérez (v), residenciado en Caño Seco IV, Segunda Calle, después de la Universidad a mano izquierda, segunda calle, aproximadamente a 50 metros del puesto de comida rápida de Hamburguesa de nombre "A QUE RAFA", Parroquia Pulido Méndez, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, Teléfono 0424-4379169, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en p.....