declara CON LUGAR, la demanda de divorcio, intentada por el
Ciudadano LUCIDIO ENRRIQUE CUBA ANDRADE, venezolano, casado, comerciante, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.863.029, domiciliado en el Vigía, Urbanización Buenos Aires, final Av. 3, Nro. 10-20, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, contra la ciudadana BLANCA CECILIA CASTRO VILLABONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.194.093, casada, comerciante, domiciliada en el Vigía, Urbanización San Marcos, calle principal, casa sin número, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y civilmente capas y disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el día 02 de agosto de 1978, contraído por ante la Prefectura Civil del antiguo Distrito Andrés Bello del Estado Mérida, hoy Municipio Andrés Bello acta Nro. 35, año 1978.