REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 31 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2006-000940
ASUNTO : LP01-P-2006-000940
RESOLUCION JUDICIAL
Por las razones tanto de hecho como de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Control 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Califica la aprehensión del imputado JOSÉ DAVID SANTIAGO GUTIERREZ como FLAGRANTE tal como lo dispone el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acepta la petición de instrumentar, en lo sucesivo el presente trámite por los cánones del procedimiento abreviado, de conformidad con los artículos 372 y 373 eiusdem
TERCERO: Considerada la petición de la defensa este Tribunal estima pertinente imponer al imputado JOSÉ DAVID SANTIAGO GUTIERREZ una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIV.....