Por tanto, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida en funciones de Control N° 2, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda procedente la solicitud de la Defensa Pública y por ende decreta el ARCHIVO de las presentes actuaciones contentivas de la causa seguida en contra del ciudadano ENDER PEÑA GUILLEN, quien es venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, nacido en fecha: 24-03-80, y titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.754.282, a quien se le sigue la misma como presunto autor del delito de HURTO CALIFICADO, sin perjuicio de que la investigación sea reabierta cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa autorización del Tribunal. SEGUNDO: Se acuerda el cese de la medida cautelar establecida al imputado ENDER PEÑA GUILLEN, en fecha 26-09-02, la cual consistía en presentaciones periódicas; por consiguiente se decreta su Libertad plena y sin .....