Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 09 de julio de 2004, por el abogado JOSÉ ABREU VERGARA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, empresa mercantil CONSTRUCTORA VALMI C.A. y el ciudadano HUGO ALBERTO ARAUJO MORENO, contra la decisión contenida en auto de fecha 06 del mismo mes y año, dictado por el entonces JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA (actualmente denominado Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida), en el juicio a que se contraen las presentes actuaciones, seguido contra los apelantes por el abogado ALVES ALONSO GALUE MENDOZA, por cobro de bolívares en vía intimatoria, mediante la cual dicho Tribunal, con fundamento en las razones allí expuestas, negó la solicitud formulada, en diligencia del 1° de julio de 2004, por el prenombrado apoderado judicial de la parte demandada, de que se sirv.....