"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del -nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, y al Registrador Principal del estado Mérida, la corrección del acta de nacimiento de la ciudadana ELBA GRICELIA, ya identificada e inserta por ante la mencionada dirección de Registro Civil de la Parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, bajo el número 3, correspondiente al año 1965, donde se identifica en dichas actas el nombre de la madre de la solicitante "ALBA ROJAS DE SANCHEZ", debe decir "MARIA ROJAS DE SANCHEZ " , por ser lo correcto. Y así se decide..."